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En este Enlace¿Sabes que hay una actualización de las normativas para equipos de calefacción (RITE)? En Termogar os ponemos al corriente de todo.
¿Estás pensando en comprar un calentador o caldera? Es probable qué te preguntes que aspectos debes de tener en cuenta, entre estos aspectos están las normativas vigentes para la instalación de los equipos de calefacción. Entonces este artículo os va a interesar.
El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) se desarrolló con un enfoque basado en prestaciones u objetivos, es decir, expresando los requisitos que deben satisfacer las instalaciones térmicas sin obligar al uso de una determinada técnica o material.
Ni impidiendo la introducción de nuevas tecnologías y conceptos en cuanto al diseño, frente al enfoque tradicional de reglamentos prescriptivos que consisten en un conjunto de especificaciones técnicas detalladas que presentan el inconveniente de limitar la gama de soluciones aceptables e impiden el uso de nuevos productos y de técnicas innovadoras.
Pasaremos a detallar cada uno de éstos aspectos para que os quede mucho más claro.
Pues bien, se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas, o las instalaciones destinadas a la producción de agua caliente sanitaria (ACS), incluidas las interconexiones a redes urbanas de calefacción o refrigeración y los sistemas de automatización y control.
El RITE también se aplicará en las reformas de instalaciones térmicas, entre ellas se consideran las siguientes:
a) La incorporación de nuevos subsistemas de climatización o de producción de agua caliente sanitaria o la modificación de los existentes.
b) La sustitución de un generador de calor o frío por otro de diferentes características o la interconexión con una red urbana de calefacción o refrigeración.
c) La ampliación del número de equipos generadores de calor o frío.
d) El cambio del tipo de energía utilizada o la incorporación de energías renovables.
e) El cambio de uso previsto del edificio.
Sin embargo, los aparatos de calefacción local y calderas alimentados por combustibles ecológicos, es decir, aquellos que provienen de residuos de basuras, excrementos de animales de granja, etc. quedarán, de momento, exentos de dicho reglamento.
El reglamento RITE impulsa el uso de energías renovables en edificios, empresas y todas las edificaciones sujetas a reforma. Es por ello que los técnicos deberán proponer instalaciones alternativas de alta eficiencia energética y definir reemplazos a todos los equipos que usen combustibles fósiles por equipos que utilicen energías renovables.
La normativa incluye a los edificios no residenciales con gran consumo, aquellos, con una potencia útil nominal de climatización superior a 290 kW, com por ejemplo: hoteles, edificios de oficinas, centros comerciales, etc.
Ojo debéis de tener en cuenta lo siguiente:
“A las instalaciones ya en servicio se les fijará un plazo para proceder a su corrección, acreditando su subsanación antes de 6 meses. Transcurrido dicho plazo sin haberse subsanado los defectos, el organismo que haya efectuado ese control debe remitir el certificado de inspección al órgano competente de la comunidad autónoma, quién podrá disponer la suspensión del suministro de energía hasta la obtención de la calificación de aceptable”.
Apartado 2 del artículo 32 del RITE
Los principales objetivos del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios son:
El RITE también habla de la importancia del confort y bienestar térmico de las personas. actividad.
Los límites de temperatura para la instalación de calderas están indicados en la siguiente tabla:
Condiciones interiores de diseño según el RITEEstaciónHumedad %Temperatura °CInvierno40-5021-23Verano45-6023-25
En cuanto a los calentadores, se pueden instalar en el cuarto de baño o en cualquier otra habitación, ya que por normativa sólo está permitido instalar calentadores estancos que realizan la combustión de forma estanca, sin riesgos en la habitación en el que estén instalados. Si se realiza en el cuarto de baño, los instaladores deberán tener en cuenta la humedad de la bañera.
En Termogar os recomendamos que las instalaciones sean realizadas por profesionales cualificados, que os puedan asesorar y recomendar los mejores productos a la medida de vuestras viviendas y que cubran todas vuestras necesidades.
En Termogar trabajamos con grandes expertos, siguiendo todas las normativas vigentes para la instalación de los equipos de calefacción (Normativa RITE), para brindarte la máxima calidad, confort y profesionalismo.